lunes, 26 de enero de 2009

DESARROLLO SOSTENIBLE

La construcción sostenible abarca no sólo la adecuada elección de materiales y procesos constructivos, se refiere también al entorno urbano y al desarrollo del mismo. Se basa en la adecuada gestión y reutilización de los recursos naturales, la conservación de la energía, la planificación y el comportamiento social, los hábitos de conducta y los cambios en la usabilidad de los edificios con el objeto de incrementar su vida útil, y sobre todo, analiza el ciclo de vida: desde el diseño arquitectónico del edificio y la obtención de las materias primas, hasta que éstas regresan al medio en forma de residuos.
La construcción sostenible no tiene como objeto único la creación de espacios habitables sino que influye también en el uso de los mismos aportando un plus de responsabilidad en la manera de crearlos y utilizarlos, llevándonos a productos urbanos eficientes y respetuosos con el Medio Ambiente.La situación económica y financiera está siendo peor de lo esperado y como consecuencia el comportamiento ético, el respeto por el medio ambiente, la responsabilidad social y la aportación de valor serán eficaces económicamente pasado un tiempo
Más zonas verdes, calles permeables, nuevos, sistemas de ventilación mecánica y reutilización de aguas pluviales son algunas de las materias a las que los peritos inmobiliarios tendrán que habituarse a partir de ahora.
Probablemente tengan que reciclarse mediante unidades formativas específicas, pero de momento son pocos los centros que se aventuran en este tipo de formación.

sábado, 24 de enero de 2009

ESPECIALIZACION FISCAL

La especialización de los Fiscales constituye una exigencia derivada de la complejidad del derecho, para reforzar el principio de unidad de actuación, garantizar el de seguridad jurídica y para contribuir a la certeza del ordenamiento.
Tras la reforma abordada por Ley 24/Lista con viñetas2007, de 9 de octubre, deben distinguirse tres modelos de especialización.
En primer lugar el de las Fiscalías especiales:
-Fiscalía Antidroga.
-Fiscalía contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada.
Con la posibilidad de designación en cualquier Fiscalía territorial de Fiscales Delegados de éstas.

En segundo lugar los Fiscales de Sala Coordinadores o reglamentarios:
-Fiscal de Sala contra la Violencia sobre la Mujer
-Fiscal de Sala contra los delitos relativos a la Ordenación del Territorio y la Protección del Patrimonio Histórico, del Medio Ambiente e Incendios Forestales.
-Fiscal de Sala de Menores.
-Fiscales de Sala de Siniestralidad Laboral.
-Fiscales de Sala de Seguridad Vial
-Fiscales de Extranjería.
Dedicados todos ellos en exclusiva a sus respectivas especialidades.

En tercer lugar el de los Fiscales de Sala Delegados, designados conforme a las potestades organizativas del Fiscal General del Estado para cada orden jurisdiccional, Civil, Contencioso-Administrativo y Social, y para materias especiales, Delitos Económicos, Vigilancia Penitenciaria, Protección de Víctimas y Delincuencia Informática. En relación con estas Delegaciones deben también articularse en las Fiscalías Provinciales las correspondientes Secciones.

Una modalidad singular la constituye la Red de Fiscales de Cooperación Jurídica Internacional, como órgano central del Ministerio Fiscal en materia de cooperación jurídica internacional, a través del servicio específico creado a dicho fin bajo la supervisión del Fiscal General del Estado.
Otra figura de carácter singular es también la del Fiscal Delegado para la Protección y Defensa de los Derechos de las Personas Mayores, articulada como una delegación del Fiscal General del Estado, a título personal, en un Fiscal de Sala emérito, a fin de garantizar la atención adecuada a esta sensible materia, y sin que dicha delegación implique estructura adicional alguna a nivel territorial.

martes, 13 de enero de 2009

CURSO SUPERIOR DE URBANISMO

La Escuela Gallega de Administración Pública EGAP convoca el Curso Superior de Técnico de Urbanismo 2009 con el fin de profundizar, desde el punto de vista de la legislación gallega, en los conocimientos teóricos y prácticos de la planificación y la gestión urbanística. La mitad de las plazas (20) tiene como destinatario al personal de las diferentes administraciones públicas de Galicia que estén en posesión del título de licenciado, arquitecto o ingeniero superior, pudiendo optar a la otra mitad los profesionales que dispongan de alguno de estos títulos.
El plazo para inscribirse finalizará el día 30 de enero de 2009 y las personas interesadas deberán cubrir la instancia curricular que a ese efecto figura en la página web de la EGAP con la siguiente dirección: http://egap.xunta.es/cursoUrbanismo
El curso se realizará en la Escuela Gallega de Administración pública, calle de Madrid, 2-4, polígono de As Fontiñas, Santiago de Compostela, entre el 5 de marzo y el 19 de noviembre de 2009. Su duración será de 216 horas, 8 horas por semana, los jueves de 10.00 a 14.30 horas y de 16.00 a 20.00 horas.

jueves, 1 de enero de 2009

OFICINA JUDICIAL

La puesta en marcha de la nueva Oficina Judicial busca una organización racionalizada que optimice los medios humanos y materiales con que cuenta la Administración de Justicia.
El Consejo de Ministros ha aprobado el proyecto de reforma de la legislación procesal para su implantación, con el objetivo de una profunda transformación estructural de juzgados y tribunales planteada por la Ley Orgánica del Poder Judicial tras su modificación por la LO 19/2003
La reforma modifica un total de catorce leyes: Ley de Enjuiciamiento Civil, Ley de Enjuiciamiento Criminal, Ley Hipotecaria, Ley sobre Hipoteca mobiliaria y prenda sin desplazamiento de posesión, Ley de Extradición Pasiva, Ley Cambiaria y del cheque, Ley de Patentes, Ley de Procedimiento Laboral, Ley de ayudas y asistencia a las víctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual, Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, Ley sobre Condiciones Generales de la Contratación, Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, Ley Concursal y Ley de Arbitraje.
Atendiendo a la parte organizativa, la principal novedad de la reforma la encontramos en el reparto de funciones entre jueces, magistrados y secretarios judiciales.
Jueces y Magistrados quedan descargados de toda labor no jurisdiccional en las oficinas judiciales, correspondiendo a Secretarios Judiciales competencias tales como la admisión de las demandas, terminación anticipada del procedimiento o las decisiones de ejecución amparadas por la orden general que dicte el juez, así como el conocimiento y resolución de múltiples trámites (tasaciones de costas, jura de cuentas, etc) y labores organizativas.
Esta regla general en materia de admisión no se extiende a la jurisdicción penal que aconseja el conocimiento de los asuntos desde el primer momento por el juez.
En materia civil, se prevé el incremento de la cuantía del procedimiento monitorio pasando de 30.000 a 150.000 euros, potenciando un trámite sencillo y fiable para la resolución de deudas dinerarias documentadas, intentando evitar procedimientos declarativos.
Acercándonos a los medios técnicos se introduce la agenda programada de señalamientos o la posibilidad de realizar pujas en las subastas judiciales a través de Internet siendo el Secretario Judicial a quien compete el señalamiento de las vistas judiciales y será quien gestione la agenda programada